Cambios estratégicos para la optimización de la tramitación de solicitudes de patentes nacionales en Brasil

10 enero 2024

Descubre los movimientos realizados por la BRPTO que están remodelando el panorama de las patentes en Brasil con el objetivo de aumentar la eficacia de los procedimientos de patentes y ofrecer condiciones más flexibles para el pago de las tasas anuales.

10 enero 2024

En Brasil, la última ordenanza de la BRPTO, que ha entrado en vigor desde el 1 de enero de 2024, cambia las reglas del juego. Por ello es esencial conocer estas decisivas actualizaciones que van desde la renovación de los procedimientos de tasas anuales hasta la reordenación del examen de patentes. Explorémoslas:

Entre los cambios procesales realizados por el INPI, este organismo cerró el año con interesantes publicaciones promoviendo avances relacionados con el análisis de exámenes, tasas anuales y recursos administrativos.

La Dirección de Patentes, Programas Informáticos y Topografías de Circuitos Integrados del INPI publicó la nueva Ordenanza/INPI/PR/Nº 52/2023, en vigor desde el 1 de enero de 2024, y que regula los procedimientos relacionados con el control de pagos de pagos anuales, archivo de solicitudes y extinción de patentes, así como la restitución de solicitudes de patentes y patentes a que se refieren los artículos 84 a 87 de la ley nº 9.279/96.

Según las nuevas normas, se aceptará el pago anticipado de la cuota anual si se realiza en los 3 meses anteriores a la apertura original del período de pago. Para poder aplicar esta novedad, hay que considerar que las anualidades anteriores estén pagadas, ya que el acto se utilizará para la anualidad pendiente, en su caso.

La distribución de las solicitudes de patentes para examen técnico, y la consiguiente realización del examen, ahora se ordenará por la fecha de la solicitud de examen, en un cambio en el ordenamiento actual, determinado por la fecha de presentación de la solicitud. La fecha de inicio de esta orden también estaba prevista para el 01/01/2024, según lo publicado en la Ordenanza/INPI/Nº 56/2023.

Finalmente, considerando la publicación relativa al otorgamiento de efecto normativo a la orientación legal sobre los límites y alcances del pleno efecto devolutivo y además de la orden anterior, el INPI publicó el 26 de diciembre de 2023 una rectificación respecto del plazo inicialmente establecido.

De esta forma, el INPI determinó su plena aplicabilidad a partir del 2 de abril de 2024. Dentro de ese mismo plazo, los titulares podrán presentar un complemento a los recursos interpuestos, buscando ajustes cuando corresponda.

Transcurrido el plazo, los recursos que hayan sido presentados hasta el 01/04/2024 y no se ajusten a lo previsto, podrán ser objeto de acciones oficiales para ser impugnados en los plazos habitualmente concedidos por la ley.

También se aclara que los efectos resultantes de esta novedad no se aplicarán retroactivamente, por lo que no se aplicarán a solicitudes ya decididas por la PTO.

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H&A CUMPLE 40 AÑOS

Defendiendo el valor de lo intangible, aquello que nos hace únicos.

Daniela Lin

Abogada.Departamento Marcas.Directora de la oficina de Brasil.

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