18 noviembre 2022
La financiación para las empresas ha sufrido una transformación importante en comparación con épocas y etapas anteriores. Actualmente, y cada día más, , sobre todo en el ámbito de la I+D+i, en España se impulsan todo tipo de ayudas apoyadas por las nuevas iniciativas de la Unión Europea, lo que está generando multitud de nuevas oportunidades para las empresas.
Por ello, en este artículo, vamos a tratar algunos aspectos relevantes sobre la financiación pública que necesitas saber, teniendo en cuenta que el tema de la financiación no es una cuestión menor.
Las claves de la financiación empresarial
La financiación empresarial es uno de los temas más delicados a tratar y tener resuelto para cualquier empresa de todo tamaño y sector. Sin embargo, algunos estudios muestran un claro desconocimiento por parte de muchas personas de los términos básicos del entorno económico. Esto puede tener, y tiene, importantes consecuencias legales y financieras para las personas o empresas implicadas.
En el momento actual de nuestra economía, debido al desarrollo del mercado, la transformación del sistema productivo y todos los cambios en materia financiera e industrial, ya no se recurre simplemente a entidades financieras para subsistir, desarrollarse o crecer como antaño.
¿Por qué elegir la financiación pública?
Actualmente, hay organismos que permiten el acceso a la financiación pública que completan y complementan la oferta de financiación privada y consiguen llevar a cabo proyectos con contenido de I+D+i que, de otra manera, tendrían muy complicado alcanzar sus objetivos. Este tipo de financiación tiene una capacidad y un enfoque distinto al de las entidades bancarias, lo que favorece el acceso a todo tipo de empresas, de cualquier tamaño y en cualquier sector.
Las ventajas que ofrece este tipo de financiación son, entre otras, la mayor flexibilidad en la devolución del crédito al ofrecer un mayor vencimiento para la devolución y un periodo inicial de carencia. Normalmente, incluyen un tramo no reembolsable, es decir, a fondo perdido, y el tipo de interés suele ser inferior al que ofrecen las entidades bancarias habituales. También, este tipo de financiación no se declara en el CIRBE, que es la Central de Información de Riesgos del Banco de España.
Además, este tipo de ayudas están generalmente cofinanciadas con fondos europeos, lo cual da más seguridad económica a la hora de su recepción.
En cuanto a las PYMES, uno de los principales beneficios de la financiación pública es la facilidad que supone para ellas obtener este tipo de ayudas en contraposición con lo que se les exigiría en entidades financieras, ya que estas suelen requerir un mayor capital inicial y avales para la obtención de esta financiación, lo que en muchos casos imposibilita la capacidad de las empresas a obtener financiación privada.
Organismos más habituales en los que obtener financiación pública
Habiendo hecho un diagnóstico del proyecto y de las necesidades reales de la empresa, se deberá plantear a qué ayuda podemos optar, ya que las posibilidades son varias dentro de las fuentes de financiación que encontramos en nuestro país. De hecho, como resulta imposible detallar todas las ayudas que hay (ya que existen desde autonómicas, nacionales, europeas, etc.), reflejamos aquí aquellos organismos que más destacan por los beneficios que ofrecen:
- CDTI: El CDTI es el Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial y dispone que multitud de ayudas a la I+D+I, además de subvenciones. Se trata de ayudas con “Tramo Reembolsable “y “Tramo No Reembolsable” (Subvención), donde la parte reembolsable consiste en un préstamo a tipo de interés fijo por debajo de mercado.
- ENISA: Esta empresa pública ofrece financiación a proyectos empresariales viables e innovadores de pymes españolas a través de un préstamo. Dispone de diferentes líneas de financiación dependiendo de la maduración del negocio, entre las que distinguimos: jóvenes emprendedores, emprendedores, crecimiento, agro impulso y emprendedores digitales, y su importe varía entre 25.000€ y 1.500.000€.
- INDUSTRIA CV: Ayudas en materia de industrialización para inversiones de PYMES INDUSTRIALES de la Comunitat Valenciana que mejoren la competitividad y sostenibilidad de determinados sectores (INPYME). El importe mínimo subvencionable es de 20.000 € con una subvención del 35%.
La documentación imprescindible
Para poder optar a las ayudas, y dependiendo de su naturaleza, siempre habrá un aporte mínimo de documentación básica que la empresa solicitante tendrá que aportar al organismo correspondiente tanto en su fase de solicitud como en su fase de justificación.
Esta información mínima en la parte de solicitud es la que nos permite saber el estado real de la empresa a través de sus datos de razón social de la empresa, organización, recursos, estados financieros, tipo y tamaño de empresa, accionariado, representante legal y cumplimiento de las obligaciones por Ley. En resumen, lo que se pretende con la documentación de solicitud es conocer la “imagen fiel de la empresa”.
En la parte de justificación, la documentación a aportar será la que justifique que el proyecto se ha ejecutado según lo establecido en la solicitud.
Por ello, os detallamos a continuación qué documentos son los más genéricos en cada fase del proyecto:
FASE DE SOLICITUD
Hay que distinguir entre documentación económica/administrativa y técnica.
ECONÓMICA
- Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Escrituras de Constitución.
- Plantilla media de la empresa en un periodo concreto.
- Cuentas anuales de la empresa de los tres últimos años cerrados y provisional del año en curso, lo más actualizado posible.
- Escritura poder notarial del representante y copia de DNI del representante.
TÉCNICA
- Memoria técnica descriptiva de las actuaciones que se deben acometer.
INFOGRAFÍA DEL PROCESO DE SOLICITUDFASE DE JUSTIFICACIÓN
En esta fase, se deben justificar los gastos financiables aprobados en la resolución de la ayuda para proceder al abono de la subvención o préstamo.
Dependiendo de la ayuda, las partidas de gasto serán completamente distintas, pero en términos generales, la documentación mínima para la justificación de los gastos sería:
- Para la partida de Personal: Modelo 190, RNT (TC2), Informe de Datos Cotización de los Trabajadores (IDC’S), Convenio Colectivo y RLC (TC1)
- En el caso de la partida de Materiales y Otros Gastos: facturas, justificantes de pago y asientos contables.
- En la partida de Colaboraciones Externas: facturas, justificantes de pago y tres ofertas de diferentes proveedores en el caso de que proceda.
INFOGRAFÍA DEL PROCESO DE JUSTIFICACIÓN
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