7 diciembre 2018
Hoy, 7 de diciembre de 2018, entra en vigor la nueva Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.
Gracias a esta nueva ley orgánica, todos los agentes intervinientes en el tratamiento de datos personales, desde personas físicas a empresas, gozaremos de una mayor seguridad jurídica, puesto que en ella se recogen aquellos aspectos que el Reglamento Europeo de Protección de Datos remite a la regulación de los Estados miembros.
Entre estos aspectos, cabe señalar los supuestos en los que los responsables y encargados de tratamiento deben designar un delegado de protección de datos. Así, además de los supuestos contemplados en el RGPD, la nueva LOPD incorpora una serie de entidades que también deberán contar con esta figura: centros docentes, entidades aseguradoras y reaseguradoras, distribuidores y comercializadores de energía eléctrica o gas natural, o las entidades que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial, entre otras.
Asimismo, y atendiendo a los avances tecnológicos que se vienen produciendo en los últimos años, se incluye el Titulo X denominado “Garantía de los derechos digitales”, en el cual se regulan aspectos tales como el derecho a la neutralidad en la red, el derecho de acceso universal a internet, el derecho a la educación digital, el derecho al olvido en búsquedas de Internet, o el derecho al testamento digital.
Finalmente, con la entrada en vigor de esta nueva ley, se deroga definitivamente la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el Real Decreto-ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Desde H&A, damos la bienvenida a esta nueva ley, sobre la cual nos mantendremos informados acerca de todas aquellas actualizaciones y regulaciones que pudieran tener lugar mediante Real Decreto, así como los diferentes criterios y novedades jurisprudenciales que vayan produciéndose.
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