Cada vez son más frecuentes los litigios de patentes, pero los relacionados con los secretos empresariales y comerciales no suelen ser habituales. La nueva normativa europea y la nueva Ley de Secretos Empresariales española, que entró en vigor el 13 de marzo de 2019, hacen presagiar un cambio importante.
Las empresas más flexibles son las que más crecerán este año y antes comenzarán la recuperación económica, tras un tiempo marcado por un cambio drástico de entorno que ha impulsado nuevos modelos de negocio más digitales y dinámicos.
Este ritmo constante y dinámico hace que fluya constantemente información, conocimiento, inventiva y creatividad, que puede tener consecuencias si no protegemos todo este gran valor correctamente.
¿Cómo podemos proteger este ritmo continuo de cambios?
La respuesta es mediante el secreto empresarial, ya que la Ley de Secreto Empresarial supone una herramienta para la protección de la innovación mucho más efectiva, rápida y menos costosa que otras.
Cuando una idea de orden empresarial, industrial o comercial produce beneficios, hay que mantenerla en secreto, a fin de que aquellos que se encuentran realizando actividades similares no la conozcan y puedan continuar generando beneficios y una ventaja competitiva.
El secreto empresarial se define como “cualquier información que sea secreta, tenga valor empresarial y haya sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerla en secreto”. Es importante destacar que el secreto empresarial está protegido por Ley contra la apropiación indebida y con el objetivo de garantizar la competitividad y renovar las condiciones para el desarrollo y la explotación de la innovación y transferencia de conocimientos.
Se dice que es la opción más idónea en estos tiempos, en los que surgen y desaparecen con relativa rapidez conocimientos de valor económico que no encuentran su sitio en la propiedad industrial. Si bien participa del elemento intangible, no confiere derechos de exclusiva como ocurre con la patente, la marca o el dibujo industrial, entre otros. El secreto empresarial se sustenta, por el contrario, en un monopolio de facto. Su poseedor tendrá exclusividad sobre tales informaciones y, en consecuencia, gozará de sus ventajas en la medida en que sus competidores no las conozcan. Este bien inmaterial no está amparado por una exclusiva legal sino por una simple exclusiva de hecho que se evapora con la divulgación.
Qué ventajas nos aporta el secreto empresarial
a) La conservación de la información en secreto, sin divulgación.
b) Prevención de espionaje industrial.
c) Restricción del acceso al secreto a determinadas personas de la empresa.
d) No limitación por el principio de territorialidad, aunque su protección dependerá de las normativas sobre SE del país donde se produzca el acto infractor.
e) Protección indefinida, mientras no se divulgue.
f) Legitimación del titular del secreto para entablar acciones de mucha más utilidad/eficacia que las propias del incumplimiento contractual de un NDA.
Es importante destacar que algo que deberá hacer siempre el titular del secreto que quiera protegerlo será constituir pruebas documentales o materiales sobre su existencia.
Por otra parte, pueden considerarse dos grandes grupos de medidas:
- Sobre las personas: uso de acuerdos de confidencialidad con terceros e inclusión de cláusulas en los contratos laborales relacionadas con la confidencialidad, la cesión de derechos y la no competencia.
- Sobre la información: por ejemplo, restringiendo a un número limitado de personas el acceso a la misma o encriptándola. También usando cuando sea necesario versiones no confidenciales de la información en la que se hayan eliminado las partes que puedan constituir secreto.
Algunas Ventajas e inconvenientes frente a la protección por patente
- Coste. Solicitar y mantener una patente es más caro que mantener secreta una información. Por ello, las PYMES y emprendedores usan de manera más intensiva los secretos empresariales que las grandes empresas.
- Duración. El secreto tiene una duración indefinida, mientras que las patentes duran, como mucho, 20 años.
- Divulgación. Las solicitudes de patente se publican a los 18 meses de la solicitud, por lo que daremos a conocer a nuestra competencia no solo el contenido técnico de la invención sino también qué productos lanzaremos previsiblemente en el futuro y a qué mercados nos dirigimos. Si la solicitud no llega a concederse, habremos revelado a nuestra competencia mucha información valiosa sin obtener nada a cambio.
- Materia protegible. Todo lo que es protegible por patente podría protegerse por secreto empresarial, ya que, por definición, algo protegible por patente será nuevo y no habrá sido divulgado. Sin embargo, hay invenciones que no pueden protegerse como patentes por no cumplir algún otro de los requisitos de patentabilidad (actividad inventiva y aplicación industrial) o por, directamente, estar excluidas de la materia patentable (por ejemplo, los programas de ordenador como tales).
Aunque puede parecer paradójico, la protección legal del secreto fomenta la transferencia de tecnología y la colaboración entre empresas. En caso de no estar protegidos los secretos, no se establecería el marco de confianza adecuado para establecer relaciones entre organizaciones.
El objetivo de la Ley no es otro que el de:
1. Garantizar la competitividad de las empresas y organismos de investigación a través de una protección adecuada y la mejora en la innovación y explotación del conocimiento.
2. Armonizar el marco jurídico en la Unión Europea.
3. Establecer normas frente a la obtención, utilización y revelación de material o contenido considerado como confidencial.
4. Proteger la información que colabora con el desarrollo de la innovación en la empresa.
El secreto empresarial, como medida de protección, ayuda a tu empresa a ser más dinámica y flexible.
H&A, expertos en secreto empresarial
En H&A estamos especializados en la implantación del secreto empresarial que abordamos en tres fases:
1) Identificación de secreto.
2) Implantación de medidas.
3) Control periódico de la protección del secreto.
Ante cualquier duda, puedes contactar con H&A en la siguiente dirección de correo: info@herrero.es
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