Guía sobre las observaciones de terceros en el proceso de patentes en Argentina

11 mayo 2021

Guía para presentar observaciones a una solicitud de patente en Argentina, donde cualquier tercero puede hacerlo atacando la falta de novedad, altura inventiva o actividad industrial, entre otros.

11 mayo 2021

Nos complace compartir esta guía sobre las observaciones de terceros en relación con el proceso de patentes en Argentina, país en el que cualquier tercero, inclusive los API por sí mismos, pueden presentar observaciones a una solicitud de patente dentro de un plazo determinado y atacando la falta de novedad, altura inventiva o actividad industrial, o la ausencia de otro requisito legal, como la claridad en la memoria.

En el momento de presentar la observación, el tercero puede acompañar la prueba documental que, estime, corresponda. Presentada en tiempo y forma la observación, ésta debe ser estudiada por el examinador y citada en el examen de fondo. La actividad del tercero se limita a la presentación, y la del solicitante a contestarla. Si no se cumple con los plazos, la observación pasa a ser un mero escrito denominado llamado de atención, que eventualmente podría ser tenido en cuenta por el examinador.

Brevemente, destacamos algunos puntos esenciales:

A. Los terceros solo tienen derecho a presentar observaciones.
B. Las observaciones se admiten únicamente durante el proceso.
C. La PTO tiene que notificar la observación al solicitante.
D. Una vez concedida la patente, los terceros solo tienen derecho a presentar una acción de cancelación ante los tribunales.

Teniendo en cuenta estos cuatro elementos, los presentaremos para que puedan obtener una visión general sobre cómo funcionan las observaciones en Argentina.
Comenzamos señalando que en Argentina sólo puede presentarse “observaciones”; lo que significa que no pueden presentarse “oposiciones”. Al respecto, la actividad de los terceros se limita a “presentar” la observación; por lo tanto, no hay un procedimiento de oposición entre el solicitante y el tercero.

Quién, cómo y cuándo puede presentar una observación en Argentina

A continuación veremos quién, cómo y cuándo se pueden presentar las observaciones.

– Quién: no hay limitación. Cualquier tercero, incluso de forma anónima a través de otra persona, tiene derecho a presentar una observación. De la práctica diaria, podemos decir que a veces los competidores intentan mantenerse al margen, haciendo que sus asesores de patentes presenten observaciones sin revelar el nombre de su representado.
– Cómo: es importante saber que las observaciones deben basarse en la ausencia o insuficiencia de los requisitos legales, principalmente novedad, actividad inventiva, aplicabilidad industrial, así como claridad. Se puede presentar documentos que den sustento a la observación. Por lo tanto, los motivos de la observación deben explicarse de forma detallada y clara, ya que cuanto más sólidos sean, más posibilidades habrá de que la solicitud sea rechazada sobre la base de las observaciones. Por el contrario, si la observación se considera infundada para el examinador, podría desestimarse de inmediato.
– Cuándo: la observación debe presentarse dentro de los 60 días consecutivos a partir de la publicación de la solicitud de patente. Podría entregarse más tarde, pero las consecuencias serán diferentes, como veremos de inmediato.

Qué ocurre cuando la observación es presentada

Si la observación se presenta dentro del plazo legal y está debidamente fundada, será obligatorio que el examinador la estudie e incluya en el reporte del examen de fondo. Por lo tanto, el solicitante tendrá la carga de responder correctamente la observación. Una vez más, el rol del tercero comienza y termina con la presentación de la observación; ninguna otra participación activa se deriva de la presentación de la observación.

Por el contrario, si se presenta la observación una vez vencido el plazo -pero antes de la concesión- el examinador no está obligado a informarla ni a notificarla al solicitante; en ese escenario de plazo vencido, los terceros tendrían al menos la oportunidad de llamar la atención del examinador en base a los argumentos que expongan.

Por otra parte, y ya fuera del ámbito de las observaciones, una vez otorgada la patente, los terceros tienen derecho a presentar una acción judicial de nulidad cuyos requisitos, plazos y costos son -como cualquier acción judicial en Argentina- más estrictos que los trámites ante la PTO.

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H&A CUMPLE 40 AÑOS

Defendiendo el valor de lo intangible, aquello que nos hace únicos.

Ariel Ibañez

Abogado.Agente de la Propiedad Industrial.Director de la Oficina de Argentina.

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