11 mayo 2022
El 12 de abril de 2022, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) publicó la Ordenanza INPI/PR nº 34/2022, que establece modificaciones en las disposiciones del requisito previo (OA 6.23) para las solicitudes de patente que se encuentran en trámite de examen técnico.
Primera modificación
Se refiere a las solicitudes de patentes de las invenciones objeto de la ordenanza, que son las presentadas a partir de 2017. Por tanto, a partir de ahora, toda solicitud de patente que tenga fecha de presentación a partir del 1 de enero de 2017 está sujeta a acogerse al requisito previo (OA 6.23), siempre que dispongan de búsquedas en oficinas de patentes de otras jurisdicciones para sus correspondientes solicitudes de la misma familia.
El Demandante deberá cumplir con el requisito previo (OA 6.23), manifestándose respecto de los documentos presentados en el informe de búsqueda y promoviendo los cambios correspondientes en el marco de la demanda.
Cabe señalar que no hubo cambio en el plazo de manifestación del solicitante respecto del requerimiento en cuestión, el cual se mantuvo por 90 días contados a partir de la fecha de publicación del mismo.
Segunda modificación
Este segundo cambio hace referencia a la continuación del examen técnico. Para las solicitudes que hayan pasado por el requisito preliminar (OA 6.23), una vez que no se presente un marco de reivindicación adecuado a los precedentes citados como impedimentos para la patentabilidad y no se presenten argumentos sobre los requisitos de patentabilidad, la solicitud será rechazada (OA 9.2) inmediatamente con posibilidad únicamente de apelar.
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