Luz verde a la Enmienda 32: ¡Ojo a lo que publicas en tu página web!

30 noviembre 2018

La Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados aprobó el Informe de la Ponencia sobre el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual.

30 noviembre 2018

El pasado martes 27 de noviembre de 2018, la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados aprobó el Informe de la Ponencia sobre el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual de cara a reformar la vigente y así adaptarla a la Normativa Europea.

Esto conlleva principalmente la modificación del presente artículo 195 de la Ley de Propiedad Intelectual, el cual sostiene que el cierre de una página web requiere una decisión judicial. Con esta Reforma, ya no existe la necesidad de que un Juez autorice dicho cierre, sino que éste pasa a depender de un órgano ejecutivo, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, la cual podrá actuar de oficio a partir de ahora, sin necesidad de autorización alguna por parte de la autoridad judicial (como ocurría antes), todo ello en aras de ejercer un mayor control sobre la piratería.

Por otra parte, hasta ahora las entidades de gestión obtenían enormes beneficios a costa de repartirse altos porcentajes de las cantidades recibidas por los autores debido a las emisiones de sus obras en horarios con “ausencia de audiencia significativa”, gracias al Artículo 159, práctica que ha sido calificada como fraudulenta. En este sentido, otro de los principales objetivos del Proyecto es acabar con esta “Rueda”, característica de este tipo de empresas, fijando el máximo en un 20%.

Siguiendo la línea de lo mencionado en el párrafo anterior, también se pretende una modificación de los Estatutos de las entidades de gestión, especialmente en relación con la composición de sus órganos de control interno. Le medida establece una obligación para dichas empresas de nombrar a ciertos terceros ajenos a la entidad, de manera que los organismos de control estén formados por el mismo número de terceros, como de miembros propios de la entidad.

Por último, también se ha dado luz verde a una enmienda sobre la negociación de tarifas entre las entidades de gestión y los usuarios de la propiedad intelectual, aplicativa en los supuestos en los que no se alcance un consenso, la cual indica que los individuos deben pagar el 100% de la última tarifa acordada o, el 50% en aquellos casos en que no haya un acuerdo anterior.

Las expectativas sostienen que la nueva Ley de Propiedad Intelectual se aprobará a finales de diciembre de este año en el Senado y, posterior y definitivamente, en febrero en el Congreso. Esta reforma podría llegar a ser muy positiva, teniendo en cuenta el incremento de la eficacia de la supervisión y del control sobre la piratería que conllevaría. Sin embargo, cabe la posibilidad de que se genere cierta inseguridad al pensar que sería posible el cierre de tu página web sin mediar una autorización judicial.

H&A CUMPLE 40 AÑOS

Defendiendo el valor de lo intangible, aquello que nos hace únicos.

Joaquín Abajo

Abogado.

Contenidos relacionados

Más en propiedad industrial e intelectual

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Responsable del tratamiento: HERRERO & ASOCIADOS, S.L.

Finalidad del tratamiento: Publicar su comentario sobre la noticia indicada.

Derechos de los interesados: Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, mediante un escrito, acompañado de copia de documento que le identifique dirigiéndose al correo dpo@herrero.es.

Para más información visita nuestra Política de Privacidad.

*Los campos marcados con el asterisco son obligatorios. En caso de no cumplimentarlos no podremos contestar tu consulta.

No hay comentarios