3 junio 2025
Como ya sabe gran parte de la comunidad de la Propiedad Industrial, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) rechazó definitivamente el pasado noviembre de 2024, mediante resolución emitida por la Sala Ampliada de Recurso, la concesión de la marca MARICÓN PERDIDO en clases 9 y 41 solicitada el 5 de mayo de 2020 por Turner Broadcasting Europe Ltd. (la Turner).
En este artículo analizaremos dicha resolución, deteniéndonos brevemente en unos apuntes sobre el contexto social del término MARICÓN PERDIDO en España y trataremos de desgranar los errores y aciertos de la resolución de la Sala Ampliada.
Un poco de contexto
MARICÓN PERDIDO, que podría traducirse al inglés como HOPELESS QUEER, es una expresión española cargada de un enorme significado histórico y social, que ha sufrido una trascendental evolución a lo largo de los años y cuyo trasfondo y realidad actual es fundamental comprender para entender todas las circunstancias relevantes de este caso.
En un país como España, tradicionalmente conservador, especialmente en áreas rurales, la homosexualidad ha sido considerada por algunos -si bien cada vez más minoritariamente- como una suerte de enfermedad, tara o trauma de las que los homosexuales, con la debida actitud crítica y un considerable esfuerzo mental y espiritual, podían curarse.

Primera manifestación del orgullo gay, lésbico y transexual en Barcelona (1977) | Fuente: FELGTB
En ese contexto, un “maricón” podría tener un cierto arreglo con la actitud y el tratamiento adecuados y, si carecía de demasiado amaneramiento, cabía la esperanza de que, eventualmente, fuera capaz de vivir una vida de normalidad y plenitud…heterosexual.
Un “maricón perdido” sería, a sensu contrario, un hombre homosexual que, o bien por amanerado, por sentirse liberado de las expectativas sociales o por carecer de la actitud adecuada, fuera incapaz o, sencillamente, se negara a vivir su vida de una forma distinta de cómo sus sentimientos, gustos y orientación sexual le reclamasen.
En un proceso de liberación sexual surgido de la España de los años inmediatamente posteriores al final de la dictadura, los homosexuales más liberados empezaron a utilizar este término -históricamente monopolizado por los sectores más conservadores- imbuido en un halo de sarcasmo y provocación, reconociéndose como irrecuperables para la sociedad y declarándose abiertamente todos los maricones que su naturaleza les pidiera ser, a riesgo de perder por siempre el carril de la moral y las buenas costumbres que la sociedad conservadora insistía en inculcarles; en general, por cierto, con escaso éxito.
La España de 2025 y nuestro caso
La España actual dista mucho de aquella sociedad. España fue uno de los primeros países del mundo en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, hoy en día organiza la celebración del Orgullo Gay más importante del mundo, ofrece los indicadores de seguridad y libertad para las personas LGTBQ+ más favorables del planeta y disfruta de un reconocimiento público de la condición de homosexuales de numerosos protagonistas de su vida política, económica y social.

En este contexto, surgen historias de superación personal de personas LGTBQ+ como la de Bob Pop, escritor y uno de los activistas de los derechos LGTBQ+ más importantes de la última década, que decidió contar su historia y compartir con el público sus reflexiones, intimidades, desgracias y, en suma, su liberación; a través de una mini serie de televisión producida por la Turner, que tuvo una acogida enormemente favorable de la audiencia, la crítica del entretenimiento audiovisual y la comunidad LGTBQ+.
La decisión de la EUIPO
El examinador de la EUIPO que se encontró con la solicitud que nos ocupa rechazó la solicitud de la Turner en primera instancia en base a una serie de argumentos, entre los cuales destacan los siguientes:
- El apelativo “MARICÓN PERDIDO” es maleducado y vulgar, y vulnera los principios de moralidad y orden públicos.
- El público en general, especialmente infantil, no debería tener que convivir con términos tan ofensivos.
- Al tratarse de productos de entretenimiento audiovisuales, tienen un impacto poblacional prácticamente ilimitado, no dirigido necesaria o exclusivamente a un consumidor especialmente informado.
- La adición del adjetivo PERDIDO incide en el carácter ofensivo del insulto.
- El solicitante no presentó documentación que sustentase la tesis de que el término había perdido su significado ofensivo.
- Se reconoce la resignificación del término “queer”, pero no la de “maricón”.
Esta decisión fue recurrida por la Turner, que aportó al expediente en su escrito de sustanciación del recurso una serie de referencias sociales, culturales y académicas (como la definición del término por la RAE) que reforzaban el argumento de la resignificación del apelativo, alegando que su ofensividad potencial afectaría, si acaso, a un número minoritario de personas especialmente “puritanas”, aportando referencias de múltiples registros marcarios concedidos por la EUIPO para signos que contenían o consistían en el término QUEER.
La decisión de la Gran Sala de Recursos de la EUIPO
La Sala Quinta de Recursos de la EUIPO, si bien expresó su conformidad provisional con la decisión de la División de Examen, consideró que la complejidad jurídica del asunto y la falta de coherencia entre la jurisprudencia y doctrina aplicables, unidas a que el derecho a la libertad de expresión jugaba un papel fundamental, decidió remitir el asunto a la Gran Sala de Recursos (Sala Ampliada). En sus argumentos hizo hincapié, entre otras cosas, en:
- La definición académica del término MARICÓN PERDIDO.
- La naturaleza todavía ofensiva del término.
- Sentencias de condenas por ataques homófobos donde se usaba esta expresión.
La Gran Sala de Recursos de la EUIPO, mediante resolución del 25 de noviembre de 2024, dio fin a la vía administrativa de esta batalla legal, rechazando la solicitud de marca de la Turner. Sin ánimo de descontextualizar o restringir la respetable argumentación de la Sala Ampliada de la EUIPO, con el fin de enriquecer el debate jurídico que nos ocupa, haremos referencia a los argumentos que consideramos más importantes, punto por punto:
- La Sala Ampliada traduce la expresión MARICÓN PERDIDO como HOPELESS POOFTER y sostiene que el término bajo escrutinio es el que está en castellano, no debiendo examinarse sus posibles traducciones en otros idiomas.
- Indiscutible apunte que compartimos, si bien el mismo admite matices.
- La Sala Ampliada admite que es posible que un gran número de personas LGTB no consideren que el término “maricón” es ofensivo, e incluso lo utilicen, si bien esto no excluye que sí lo sea para la sociedad española en su conjunto.
- Resulta sorprendente que una institución de la Unión Europea, que abandera una serie de valores modernos enormemente loables, tenga un criterio tan restrictivo y conservador respecto de lo que la sociedad debe usar o no en el día a día.
- La Sala cita también la resolución de primera instancia, adhiriéndose a la tesis de que el solicitante debiera haber demostrado el carácter inofensivo del término.
- Turner aportó múltiples pruebas de la aceptación social del término “maricón”, incluyendo canciones, referencias pop, artículos en prensa, discursos políticos, etc. En cualquier caso, resulta difícil para cualquier actor demostrar la inexistencia de algo, en este caso, la de la ofensividad (prueba diabólica).
- La Sala también indica que el concepto de moralidad del Artículo 7.1 del Reglamento de Marcas de la UE no trata el “mal gusto” o la protección de sentimientos individuales, sino que se enfoca en lo que el público consumidor relevante pueda percibir de una marca, de acuerdo con las normas morales básicas sociales.
- Esta tesis de la EUIPO hace descansar la realidad objetiva de los derechos marcarios sobre la opinión subjetiva de, ni siquiera toda la población, sino tan sólo una parte.
- La Sala Ampliada se niega a igualar los términos “maricón” y “queer”, cuya resignificación por la comunidad LGTBQ+ en países de habla inglesa sí reconoce, pero niega que ésta pueda ser extrapolable a los de habla hispana.
- El proceso de resignificación del término “maricón” en España seguirá avanzando lentamente mientras las instituciones sigan sin reconocer la reapropiación realizada por las personas LGTBQ+. Envidiamos en este sentido la posición del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que concedió las marcas “DYKES ON BIKES” y “THE SLANTS”, en principio ofensivas hacia las mujeres lesbianas y las personas asiáticas respectivamente, pero que el Tribunal reconoció como reapropiadas por estos colectivos y concedió como marcas para un club de moteras y una banda de música.
- El carácter ofensivo del término se confirma, según la Sala, por distintas sentencias emitidas en España en los últimos años, tales como la emitida por la Sección novena de la Audiencia Provincial de Barcelona en 2017, donde se condenó un ataque homófobo en el cual se registró el uso del término “maricón” como insulto.
- Si bien es un sólido argumento en favor de la ofensividad, lo cierto es que estas sentencias se dictaron sobre la base de un contexto de agresión o acoso mucho más amplios. Una cantidad enorme (posiblemente vergonzante) de palabras del léxico español pueden constituir insultos u ofensas usadas en determinados contextos y no por eso dichos términos se consideran por defecto vulgares u ofensivos. El quién, cuándo, dónde y cómo son fundamentales para discernir su ofensividad.
- La Sala no huye de las concesiones de marcas europeas y españolas de características equivalentes a la que nos ocupa que la Turner presentó como antecedentes, si bien reivindica que “el régimen de marcas de la UE es un sistema autónomo con su propio conjunto de objetivos y normas que le son peculiares; es autosuficiente y se aplica con independencia de cualquier sistema nacional”.
- Si bien este argumento es perfectamente válido para resoluciones nacionales, consideramos que no responde de forma suficiente a los antecedentes de la UE presentados en el escrito de recurso.
- En relación con la libertad de expresión, la EUIPO, sin huir de antecedentes tales como COVIDIOT, HIJOPUTA o SCREW YOU, sostiene que “una solicitud de registro de marca no goza de un mayor ámbito de protección en virtud del derecho a la libertad de expresión porque la palabra también forme parte del debate político. Por el contrario, se trata simplemente como un término comercial. La marca solicitada debe denegarse como cualquier otro signo, una vez cumplidas las condiciones del artículo 7 del RMC”.
- Resulta difícil encontrar un balance perfecto entre la moralidad y la libertad de expresión, si bien es discutible que, en una situación como esta, de gran trascendencia para los derechos y libertades de las personas LGTBQ+, la libertad de expresión de Turner y del autor de la serie MARICÓN PERDIDO, el debate pueda restringirse a una cuestión puramente “comercial”. En todo caso, es importante recordar que quizás la libertad de expresión esté precisamente para amparar el derecho a utilizar expresiones vulgares, maleducadas y ofensivas. Si la libertad de expresión sólo permitiera decir cosas que no molestan ni ofenden a nadie, ¿serviría para algo su existencia?
Conclusiones
En resumen, la batalla jurídica sobre la realidad social del término MARICÓN PERDIDO y su naturaleza legal en el ámbito marcario se ha resuelto con una decisión que, siendo respetable desde una óptica puramente jurídica, constituye a nuestro juicio una oportunidad perdida en la lucha por los derechos y libertades de las personas LGQTB+ y la resignificación de un término que ha sido profundamente doloroso para muchas personas y que de un tiempo a esta parte comienza a ver una cierta luz desde una óptica completamente distinta y, sin duda, enormemente redentora.
De igual forma, la resolución deja sin protección los legítimos derechos comerciales exclusivos de la productora Turner sobre el signo distintivo MARICÓN PERDIDO, bajo el cual ha comercializado la serie de televisión que ha traído a las casas de cientos de miles de espectadores la emocionante historia -una entre tantas no contadas- de liberación personal de su protagonista y autor.
Bob Pop titula su serie, de forma evidente para los que la hemos visto, con la acidez de ese humor español tan nuestro, que se ríe de la adversidad y deja algo muy claro: que ninguno tenemos “arreglo”.
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