Nuevo hito en los diseños de la UE desde julio de 2026

1 septiembre 2026

Desde el 1 de julio de 2026, las nuevas reglas de la EUIPO facilitan la protección no sólo de diseños estáticos, sino también animados y en 3D. Una excelente oportunidad para proteger la apariencia estética de productos, ornamentaciones y activos digitales.

1 septiembre 2026

Desde el 1 de julio de 2026, la segunda fase de la reforma del sistema de diseños de la Unión Europea es plenamente aplicable. Con ella, se completa una modernización que busca adaptar la protección jurídica del diseño a la realidad actual de las empresas y, en particular, a productos, ornamentaciones y todo tipo de activos que ya no se representan únicamente mediante imágenes estáticas.

Sin embargo, la reforma no interesa solo a los departamentos jurídicos. También es de especial interés (y afecta directamente a) para quienes participan en la creación, desarrollo, lanzamiento y comercialización de nuevos productos: equipos de diseño, innovación, marketing, ingeniería, desarrollo digital y dirección de negocio.

En anteriores artículos—como «El Diseño Industrial que viene» y «El diseño industrial se “rediseña”»— seguí de cerca la evolución de la reforma europea de los diseños industriales, desde las primeras propuestas hasta la aprobación de las nuevas normas. Ahora, llega el momento de analizar su aplicación práctica.

Nuevas formas de representar un diseño

Una de las principales novedades es la ampliación de los formatos que pueden utilizarse para presentar un diseño ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). Junto con las tradicionales imágenes estáticas, ahora pueden emplearse:

  • Archivos OBJ o STL para representaciones digitales tridimensionales.
  • Vídeos en formato MP4 para representar diseños animados.

Esto permite mostrar con mayor precisión la apariencia de productos complejos y facilita la protección de creaciones cuyo valor visual depende del movimiento, la transición entre distintas imágenes o la interacción con el usuario.

La representación presentada sigue siendo decisiva, ya que determina qué apariencia se pretende proteger. Elegir el formato adecuado no es, por tanto, una cuestión meramente técnica o administrativa: influye directamente en el alcance y la eficacia del derecho obtenido.

¿Qué pueden hacer ahora las empresas?

La entrada en aplicación de estas nuevas reglas ofrece una buena ocasión para revisar si la estrategia de protección de la empresa sigue siendo adecuada.

Esta revisión puede resultar especialmente útil para compañías que desarrollen:

  • Productos industriales o de consumo.
  • Envases, botellas y otros elementos de packaging.
  • Colecciones de moda, calzado o complementos.
  • Mobiliario y artículos de decoración.
  • Interfaces gráficas, iconos y elementos visuales de software.
  • Animaciones, transiciones y secuencias gráficas.
  • Productos digitales o destinados a entornos virtuales.
  • Modelos y visualizaciones tridimensionales.
  • Componentes, piezas de recambio y elementos visibles de productos complejos.
  • Etc.

En todos estos casos conviene analizar no solo qué debe registrarse, sino también cómo debe representarse y qué elementos deberían quedar dentro o fuera de la protección.

Por ejemplo, una imagen estática puede seguir siendo la opción más adecuada para proteger la forma de un producto físico. En cambio, una secuencia de vídeo puede reflejar mejor el comportamiento visual de una interfaz, una animación, un personaje o, incluso, de la presentación de un producto o prenda. Por su parte, un archivo tridimensional puede facilitar una representación más completa de determinados objetos desde distintos ángulos, especialmente si se trata de productos complejos.

Una estrategia que debe definirse antes de presentar

La existencia de nuevos formatos no significa que uno de ellos sea siempre mejor que los demás. La elección dependerá del diseño, del mercado, de los posibles competidores y de los países en los que pueda ser necesario extender posteriormente la protección. También habrá que valorar cuestiones como:

  • La conveniencia de presentar uno o varios diseños.
  • Las variantes que merecen protección independiente.
  • Los elementos que deben excluirse expresamente.
  • La relación entre las distintas vistas.
  • La posibilidad de reivindicar prioridad en otros territorios.
  • La compatibilidad de la representación elegida con los requisitos de otras oficinas.

Por ello, es recomendable integrar la propiedad industrial desde las primeras fases del proceso de desarrollo antes de divulgar públicamente el producto, lanzar una campaña o mostrarlo en ferias, páginas web, redes sociales o plataformas comerciales.

Una oportunidad para revisar la cartera de diseños

La reforma ofrece a las empresas la posibilidad de proteger de forma más fiel creaciones que antes podían resultar difíciles de representar mediante fotografías o dibujos convencionales. Asimismo, constituye una oportunidad para revisar productos, colecciones y activos digitales ya existentes y comprobar:

  • Cuáles siguen teniendo valor comercial
  • Cuáles no están protegidos
  • Cuáles cuentan con una representación insuficiente
  • Qué nuevos desarrollos deberían incorporarse a una estrategia de registro

Una cartera de diseños bien planificada puede:

  • Ayudar a diferenciar los productos.
  • Reforzar la posición frente a imitaciones.
  • Aumentar el valor de los activos intangibles de la empresa.

En H&A (H&A) ayudamos a las empresas a identificar qué productos y activos visuales pueden protegerse, elegir la forma de representación más adecuada y definir una estrategia de registro adaptada a sus objetivos comerciales. Contacta con nuestro equipo de expertos en diseños para resolver cualquier duda sobre cómo puede afectar esta reforma a tu empresa y a tus creaciones.

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Gustavo González

Departamento de Patentes.Director del área de Electromecánica.

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