PCT: Argentina, un paso más cerca

28 agosto 2026

Argentina avanza hacia su incorporación al PCT. La Cámara de Diputados aprobó la adhesión con reserva del Capítulo II y el proyecto queda ahora pendiente de la decisión final del Senado.

28 agosto 2026

El 26 de agosto de 2026, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley que habilita la adhesión al PCT. El texto pasará ahora al Senado para su consideración definitiva.

La aprobación se realizó con reserva del Capítulo II, tal como lo hizo Uruguay. Esto implica que el Examen Preliminar Internacional no será vinculante para la Oficina de Patentes argentina. De este modo, la autoridad nacional mantendrá la facultad de aplicar su propio criterio en la evaluación de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial durante la fase nacional.

Sobre esta reserva, los artículos 1º y 64.1 a) del Proyecto de Ley aprobado el 26 de agosto dicen:

Artículo 1º: “Apruébase el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), suscrito en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984 y el 3 de octubre de 2001, con reserva del capítulo II conforme se encuentra previsto en el artículo 64 1. a) del tratado.”

Artículo 64. “Reservas. 1)a) Cualquier Estado podrá declarar que no se considera obligado por las disposiciones del Capítulo II.

La Reserva del Capítulo II del PCT encuentra su contrapeso en la Resolución 56.

LA RESOLUCIÓN P-056/2016 COMO MECANISMO EQUIVALENTE A UN PPH

La resolución P-056/2016 instauraba en el ordenamiento de patentes argentino un instrumento equivalente al conocido como “Patent Prosecution Highway” (PPH), que permite acelerar el examen de solicitudes de patente en Argentina.

Como ya contáramos en nuestro artículo del pasado 20 de mayo, la resolución 142/2026 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), publicada en el Boletín Oficial el 13 de mayo de 2026, modificó la resolución P-056/2016, ampliando significativamente el acceso al mecanismo de examen acelerado de solicitudes de patente siempre que cumplan 6 condiciones:

  • Que la prioridad o equivalente haya sido concedida en el extranjero.
  • Que la oficina extranjera haya examinado novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
  • Que el alcance de las reivindicaciones en Argentina sea iguales o menor a las concedidas en el extranjero.
  • Que no existan antecedentes locales.
  • Que no existan antecedentes internacionales intermedios entre la fecha de presentación de la patente equivalente y la fecha efectiva de presentación en Argentina.
  • Que la materia sea patentable conforme a la legislación argentina.

Cumplidos estos requisitos, el INPI concedería la patente. La Resolución 56 puede invocarse en cualquier momento mientras la solicitud esté en trámite, siendo el límite temporal la concesión o denegación.

Este 2026 está siendo especialmente dinámico en materia legislativa en Argentina. En marzo, se amplió el alcance de la materia patentable en Argentina, con una aceptación más amplia de invenciones en los campos farmacéutico, biotecnológico y agroquímico.

En Herrero & Asociados (H&A) seguiremos muy de cerca la decisión del Senado sobre la incorporación de Argentina al PCT.

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Ariel Ibañez

Abogado.Agente de la Propiedad Industrial.Director de la Oficina de Argentina.

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