Los hashtags son etiquetas que permiten clasificar temas en algunas redes sociales y consisten en una palabra o expresión sin espacios precedida por el símbolo #.
La mayoría de los usuarios utilizan expresiones genéricas sobre un tema de actualidad o interés con el objeto de agrupar opiniones, comentarios, fotografías o aportaciones bajo dicha etiqueta.
Por ejemplo #eleccionesmunicipales2015 o #adoptaunperro.
Pero también es posible que dichas etiquetas incluyan marcas registradas, por ejemplo #conciertococacola o #LigaBBVA. Sus titulares podrían registrarlos como marcas y algunos registros de marcas ya los están admitiendo. No obstante, puesto que la función del registro de una marca es básicamente impedir que terceros la utilicen en el tráfico económico para distinguir productos o servicios, no parece que sea esto lo que sucede en las redes en las que las marcas se utilizan en un contexto puramente informativo y no comercial.
No obstante, nunca está de más registrar aquellos hashtags que pudieran utilizarse habitualmente por las propias marcas para identificar determinadas campañas o acciones.
Por otra parte, puede ser igualmente habitual que los tags consistan en eslóganes o en expresiones que incluyan o no la marca. En este segundo caso, estaríamos en el caso anterior, es decir, si la marca utiliza dicha expresión habitualmente no habría motivo para no registrar pero si la expresión no incluye la marca, sólo en el caso de que ésta pueda llegar a identificar al empresario, sería admitida como marca en un registro. Sería el caso de #lachispadelavida por seguir con el mismo ejemplo.
En definitiva, puede ser aconsejable registrar la marca. La prevención en la que tanto insistimos siempre es mejor que las lamentaciones posteriores.
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