Vía rápida en Brasil para las solicitudes de patentes que luchan contra la COVID 19

15 abril 2020

Descripción de las medidas que el INPI brasileño adopta para acelerar el examen de patentes e invenciones relacionadas con la lucha contra la COVID 19. 

15 abril 2020

Brasil acelera el proceso para realizar los exámenes de invenciones y patentes vinculadas a la lucha contra el coronavirus o COVID 19.

El 7 de abril de 2020, el INPI publicó, en su boletín 2570, la Ordenanza 149/2020 (vigente desde el mismo día), que modifica la Resolución 239/2019 para permitir el examen acelerado de las solicitudes de patentes relacionadas con productos farmacéuticos y procesos, así como dispositivos médicos y / o materiales utilizados para el diagnóstico, profilaxis y tratamiento de Covid-19.

Las tecnologías relacionadas con el tratamiento del nuevo coronavirus ahora también forman parte de la modalidad de examen acelerado de tecnologías sanitarias ya existentes y deben presentarse antes del 30 de junio de 2021.

Como tal, la solicitud de patente considerada elegible para este examen acelerado debe cumplir con lo siguiente:

  1. Haber sido presentada durante al menos 18 meses o tener una solicitud de publicación anticipada o, en el caso de solicitudes internacionales, haber sido publicada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI);
  2. No tener divisionales o enmienda, hecha voluntariamente por el solicitante, entre la solicitud y la decisión del procedimiento acelerado;
  3. El examen debe haber sido requerido;
  4. En el caso de solicitudes de patentes divisionales, la solicitud original y todas las solicitudes divisionales deberán tener una solicitud de examen acelerado y cumplir con los requisitos de elegibilidad;
  5. El solicitante no puede presentar divisionales o modificar voluntariamente la solicitud de patente antes de la publicación de la primera opinión de examen técnico por parte de BRPTO bajo pena de anulación del examen acelerado;
  6. El examen acelerado de tecnologías relacionadas con Covid-19 debe ser presentado por el solicitante o un tercero interesado, persona física o jurídica;
  7. El examen acelerado de tecnologías relacionadas con Covid-19 deberá contener una aclaración que indique la relación de la solicitud de patente con el diagnóstico, la profilaxis y / o el tratamiento de Covid-19. En otras palabras, a diferencia de otras modalidades contempladas por la Resolución 239/2019, no es necesario que el asunto se defina en las reivindicaciones;

En vista de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud causada por la COVID-19, su impacto en la salud pública y la necesidad de proteger a la población del virus a corto, medio y largo plazo, el INPI se dedica a divulgar tecnologías que pueden contribuir a hacer frente a la situación, incluidas las vacunas, medicamentos, pruebas de diagnóstico, máscaras y equipos de salud. Las iniciativas sobre financiación e incentivos para la investigación en esta área también se publicitan, a través del Observatorio de Tecnologías Relacionadas con Covid-19, creado en marzo.

Entre las actualizaciones recientes, el Observatorio presenta un estudio sobre las solicitudes de patentes en el INPI con respecto a los métodos de diagnóstico para Covid-19 y otros virus respiratorios. De esta manera, la información relevante está contribuyendo a los agentes públicos y miembros del Sistema Nacional de Innovación que están directamente vinculados a la lucha contra la enfermedad.

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