Resuelve tus dudas sobre diseños

Diseñar es complicado y encargar un diseño, costoso. La apariencia de tu producto, las etiquetas, la configuración de tu negocio, el patrón de tu vestido. Todo es diseño. Y son diferentes las formas de protegerlo.

Por eso te ofrecemos la respuesta a las preguntas que nos han hecho más frecuentemente.

Si tu pregunta no está aquí, dirígenos un correo a comunicacion@herrero.es y trataremos de responderte.

Quiero patentar mi diseño

Un diseño no se patenta, se registra como modalidad de protección de Propiedad Industrial que confiere un derecho exclusivo sobre la apariencia de un producto u objeto, bien en su totalidad o bien de una parte del mismo. Es decir, la que se deriva de su representación gráfica en forma de líneas, contornos, colores, forma, textura, ornamentación, etc.

He diseñado un vestido y quiero protegerlo mundialmente. ¿Cómo puedo hacerlo?

No existe un registro mundial de Diseño Industrial. Los registros son nacionales, regionales como el diseño Comunitario (válido en toda la UE) o Internacionales. Este último, puede cubrir varios países y/o regiones con una sola solicitud pero no confiere una protección mundial.

¿Puedo recurrir siempre a la protección del Diseño Comunitario no Registrado?

Sí, siempre que se cumplan las condiciones para su protección pero hay que tener en cuenta que los dibujos y modelos no registrados sólo tienen una duración de 3 años y que el diseño no registrado solo concede el derecho a prohibir el uso comercial de otros que sean copias. Y si la presenta copia ha sido concebida por otra persona de forma independiente que no sabía la existencia del diseño protegido, no hay infracción.

¿Cuánto dura un diseño industrial?

Un diseño industrial dura en España y en la Unión Europea 5 años, y puede ser renovado por iguales periodos de tiempo hasta un máximo de 25 años. No obstante, fuera de estos dos territorios la duración total y la forma de renovarlo es algo que varía bastante.

¿Siempre tengo que registrar mi diseño para tener protección?

 No. En España y la UE se puede obtener la protección mediante el dibujo o modelo comunitario no registrado si se cumplen los requisitos de novedad y carácter singular exigibles a un diseño registrado, y se ha puesto a disposición del público al ser publicado, expuesto, comercializado o divulgado de algún otro modo, de tal manera que en el tráfico comercial normal, dichos hechos podrían haber sido razonablemente conocidos por los círculos especializados que operen en la UE en el sector de que se trate.

Cada caso es distinto y es necesario escoger el tipo de diseño más adecuado. Te ayudamos con la elección.

Blog Espacio H&A / Diseños industriales

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